Comité de Educación
El Comité de Educación estará integrado por cinco miembros designados anualmente
por el Consejo de Administración. En dicha Comisión deberá haber por lo menos un
miembro de dicho Consejo, quien la presidirá. Los comisionados podrán repetir
cuantas veces sea conveniente.
Este Comité ejercerá sus funciones de acuerdo con las normas que le trace el
Consejo de Administración y tendrá específicamente las siguientes atribuciones:
1. Organizar y desarrollar programas de educación cooperativa con el IDECOOP.
2. Promover otras actividades educativas de interés tanto para sus socios como
para la comunidad donde la Cooperativa se encuentra establecida.
3. Disponer de los fondos que se le hayan asignado, previa aprobación del
Consejo de Administración.
4. Elaborar y realizar anualmente un plan de trabajo.
5. Presentar un informe anual al Consejo de Administración, dando cuenta de las
labores realizadas y de la forma en que ha utilizado los fondos.